EL Código Orgánico del Ambiente [COA] y la Justicia Climática

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[quote]La versión que se ha subido al portal de dicha función del Estado, muestra un texto que concentra de forma excesiva en el Gobierno Central y su Ministerio del Ambiente, la rectoría pero también la gestión y control de las políticas y normativa ambiental. Es marginal el rol que, en ese escenario, se asigna a los Gobiernos locales, y nula la intervención de las comunidades, pueblos y organizaciones de la sociedad civil.[/quote]

Uno de las demandas fundamentales del movimiento ambiental en la última década, ha sido el cambio del modelo de desarrollo que sostiene las economías de los países desarrollados. A base de una creciente y desmedida explotación de los bienes y servicios que ofrece la Naturaleza, se generó una huella ecológica insostenible, cuyos efectos adversos son fundamentalmente asumidos por los países en desarrollo y, dentro de ellos, por las poblaciones locales empobrecidas.

En este contexto, la situación del clima planetario es reflejo más palpable de dicho modelo perverso e inequitativo. Frente a ello, más allá de declaraciones y encuentros oficiales de los Estados signatarios, de los instrumentos internacionales vinculados a esta problemática, se impone una justicia climática y mecanismos concretos que asignen la principal carga de la responsabilidad por las consecuencias y  medidas que se deben adoptar, a los llamados países del primer mundo.

En esa línea, son varios los retos y frentes que deben ser asumidos por la sociedad civil. Uno de ellos, refiere a la renovación de los ordenamientos jurídicos nacionales, a fin de que reconozcan e incorporen dispositivos que garanticen el derecho de las poblaciones a un ambiente sano y, por supuesto, los derechos de la Naturaleza o Pacha Mama. Este reto fue planteado por las comunidades, pueblos y organizaciones sociales que integran el movimiento ambiental en Ecuador.

La principal iniciativa frente a esta última demanda fue la de jerarquizar al máximo nivel del ordenamiento legal ecuatoriano, los principios, derechos y garantías que refieren a tutela ambiental y de la Naturaleza. Dicha posición fue recogida en buena parte dentro de la actual Constitución de la  República del Ecuador, la cual contempla, igualmente, la necesidad de adecuar los marcos legales a fin de que, en calidad de garantías normativas, velen por la aplicación de los mencionados avances constitucionales.

Como una respuesta a esta última necesidad, desde el sector gubernamental se ha venido elaborando un proyecto de Código Orgánico del Ambiente. Se trata de un cuerpo normativo que armonizaría y actualizaría la legislación ambiental actualmente vigente en el país. Sin embargo, ha sido un instrumento elaborado prácticamente sin la participación de los sectores sociales, que ahora se encuentra en la fase previa a su primer debate en la Asamblea Nacional del Ecuador. La versión que se ha subido al portal de dicha función del Estado, muestra un texto que concentra de forma excesiva en el Gobierno Central y su Ministerio del Ambiente, la rectoría pero también la gestión y control de las políticas y normativa ambiental. Es marginal el rol que, en ese escenario, se asigna a los Gobiernos locales, y nula la intervención de las comunidades, pueblos y organizaciones de la sociedad civil.

Todo esfuerzo de política pública y, más aún, de creación de un nuevo marco legal, como es el COA, que pretenda sumar a la justicia ambiental y climática, debe conectarse y responder a la demanda real de la sociedad y a la tutela de los derechos de la Naturaleza. Esta es una asignatura pendiente para el proyecto que ahora se encuentra conociendo el parlamento ecuatoriano. Si quieres darle seguimiento a este tema en especial ahora que se realizará la COP21 en París, te invitamos a conocer la Plataforma Nacional de Justicia Climática, asi como las acciones a realizarse.

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Redacción: Corporación de Gestión y Derecho Ambiental ECOLEX